PROPONE CLAUDIA AGATÓN QUE SE DICTEN LOS LINEAMIENTOS PARA QUE EL USO DE CUBREBOCAS SEA OBLIGATORIO
Mexicali, B.C., miércoles 4 de octubre de 2020.- En los últimos días, los índices de contagios por el coronavirus han aumentado, obligándonos a realizar nuevas reflexiones que permitan establecer medidas que protejan la salud de la población e impidan la paralización social y económica del Estado, indicó la diputada Claudia Josefina Agatón Muñiz.
Esto fue señalado por la diputada, al presentar en la sesión virtual un punto de acuerdo por medio del cual, exhortó al gobernador Jaime Bonilla Valdez, a efecto de que instruya al titular de la Secretaría de Salud, a que, por su conducto, se dicten los lineamientos necesarios para establecer la obligatoriedad del uso del cubre bocas en las personas.
Así como otras medidas, para prevenir la transmisión y riesgos de contagio del virus Sars-Cov-2 (covid-19), durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria ocasionada por dicha pandemia y hasta que la autoridad de salud estatal declare oficialmente su conclusión, agregó.
Según dijo al motivar su propuesta, la Organización Mundial de la Salud ha precisado que, si bien, los cubre bocas no disminuyen la enfermedad, si resulta ser un elemento importante para prevenir el contagio; recomendando incluso, el uso reiterado de estos aditamentos, cuando las personas se encuentren en espacios cerrados o abiertos.
Expuso que, a raíz de la situación social que se ha originado y como técnica para proteger la salud de la población, otros estados de la república han emitido acciones más duras contra el virus, como el uso obligado de cubrebocas, acciones de inmovilidad social y disminución de pasajeros en transporte público y privado.
Por tales motivos y en consideración al contenido del artículo 134 de la Ley General de Salud, Claudia Agatón propuso los lineamientos que deberán de considerarse como mínimo, siendo uno de estos la obligatoriedad del uso del cubrebocas, que tiene como único fin, el prevenir y mitigar la transmisión de COVID-19.
De esta forma, planteó que las autoridades competentes para aplicar estos lineamientos sean las autoridades de salud estatales, así como las administrativas del mismo orden de gobierno, y las municipales, en coordinación y en el ámbito de las competencias que les sean determinadas.
Consideró que las sanciones que se apliquen sean acordes al capítulo décimo quinto de la Ley de Salud para Baja California, considerando el daño producido o que pueda producirse, la gravedad de la infracción, las condiciones socioeconómicas del infractor y la reincidencia de este, en su caso.
Finalmente dijo que la campaña de difusión será realizada por la autoridad estatal, y que los ayuntamientos coadyuven, utilizando la información de forma coordinada y en la medida de lo posible solo la que se derive de los lineamientos, con el fin de evitar contradicciones e incertidumbres en la población.