¿ES CONSIDERADA COMO DEDUCCIÓN PERSONAL, EL PAGO DEL DEDUCIBLE DE UN SEGURO DE GASTOS MÉDICOS?
No, el pago del deducible del seguro de gastos médicos no es un gasto médico, ni es una prima por concepto de dicho seguro, en virtud de que son erogaciones realizadas como una contraprestación de los servicios otorgados por la compañía aseguradora de conformidad con la Ley sobre el Contrato de Seguro y por ello, no podrán considerarse como una deducción personal para efectos del ISR.
Más información: Blvd. Ramírez Méndez 1495, Fracc. Bahía, 22880 Ensenada. 646 177 2770 info@eycia.com
Facebook Comments